En México, el incumplimiento en el pago de deudas puede acarrear diversas repercusiones legales y financieras. Sin embargo, en términos generales, el impago rara vez conduce directamente a la detención del deudor. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), seis de cada diez hogares mexicanos tienen algún tipo de deuda.
Una deuda se define como una responsabilidad financiera adquirida al solicitar dinero prestado a individuos o entidades financieras, comprometiéndose a devolver esos fondos en el futuro, generalmente con intereses adicionales.
Las deudas pueden manifestarse en diversas formas, como préstamos personales, hipotecas, tarjetas de crédito, entre otras. El problema surge cuando resulta imposible cumplir con el pago de la deuda, incluyendo intereses y pagos mínimos, o cuando se contrae una nueva deuda para cubrir una anterior.
¡Cualquier monto! En realidad, el importe de la deuda no determina la posibilidad de un embargo, ya que la ley no fija un mínimo para que una persona o empresa pueda solicitar la ejecución de un embargo de bienes debido a un incumplimiento de pago.
El tipo de bienes que pueden ser embargados depende del monto de la deuda, siendo el bien embargado dinero o su equivalente. El Código Fiscal de la Federación especifica algunos de los bienes susceptibles de embargo, entre los cuales se incluyen:
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) supervisa que los bancos apliquen prácticas de cobranza éticas. Las instituciones financieras tienen un plazo de 90 días para cumplir con las obligaciones y ajustar los contratos de prestación de servicios con las agencias de cobranza.
En caso de que el contribuyente o deudor obstaculice el proceso de embargo, el ejecutor puede solicitar la asistencia de la policía o elementos de la fuerza pública.
Si te preocupa la posibilidad de enfrentar un embargo y estás buscando maneras de prevenirlo, es esencial tener en cuenta que la única forma de evitarlo es demostrar haber realizado el pago correspondiente. “La mejor estrategia para evitar llegar a una situación de embargo es cuidar tus finanzas desde el principio. No obstante, comprendemos que en ciertos momentos la situación económica puede volverse complicada, dificultando el cumplimiento de nuestras deudas. Por esta razón, te recomendamos buscar ayuda especializada o incluso acercarte a la institución con la que tienes la deuda para solicitar prórrogas de pago o establecer un acuerdo que te permita liquidar tus cuentas de acuerdo a tus posibilidades económicas”.
En una última instancia, se presenta la opción de un embargo, que constituye un procedimiento legal mediante el cual se confiscan los bienes o recursos de una persona como garantía para asegurar el pago de una deuda. Este proceso se lleva a cabo mediante una orden judicial.
Algunos de los activos susceptibles de ser embargados incluyen el salario, propiedades inmuebles, vehículos y cuentas bancarias.
Es importante destacar que los embargos son legítimos siempre y cuando sean dictaminados por un juez de manera adecuada y oportuna. La ausencia de este proceso podría implicar la realización de un protocolo ilegal.
La orden de embargo debe ser entregada al demandado en todo momento, que en este caso sería el deudor, y debe cumplir con las siguientes características:
Es importante destacar que la privación de libertad no es una consecuencia posible ante el incumplimiento de una deuda.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclara que nadie puede ser encarcelado por el impago de una deuda civil con una institución crediticia.
Es esencial comprender las implicaciones legales y financieras de cada tipo de deuda para evitar situaciones de embargo y, en caso de dificultades, buscar asesoramiento o acuerdos de pago con las instituciones financieras correspondientes.